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Ley
Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes
Artículo
50

Artículo 50 del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El DIFEM va a ayudar a que las personas con discapacidad consigan trabajo o participen en actividades productivas, ya sea en el gobierno, en empresas privadas o en organizaciones sociales. Básicamente, busca que estas personas tengan las mismas oportunidades de chamba que cualquier otra. El DIFEM hace el enlace para que los negocios y dependencias públicas les den chance de trabajar. Así, la meta es que nadie se quede fuera de la vida laboral solo por su condición.

Texto oficial

Artículo 50.- El DIFEM promoverá la integración de personas con capacidades diferentes al sistema ordinario de trabajo y productivo, ante los sectores público, social y privado.

Ver texto oficial del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes (pág. 13) ↗

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