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Ley
Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes
Artículo
56

Artículo 56 del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte puede dar clases y entrenamiento de deportes adaptados a personas con discapacidad, pero solo si tiene dinero y recursos suficientes para hacerlo. Esto significa que no están obligados a ofrecerlo siempre, sino que depende de lo que tengan disponible en ese momento. Los deportes adaptados son aquellos que se modifican para que personas con distintas capacidades físicas o mentales puedan practicarlos. En pocas palabras, el Instituto te puede apoyar si quieres hacer deporte y tienes alguna discapacidad, pero no hay garantía de que siempre tengan los medios para hacerlo.

Texto oficial

Artículo 56.- El Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte, podrá proporcionar a las personas con capacidades diferentes instrucción y entrenamiento para la realización de los deportes adaptados, conforme a la disponibilidad de recursos.

Ver texto oficial del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes (pág. 14) ↗

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