Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene que incluir en el plan de cambio climático (PEACC) varios puntos importantes, como cuál es la situación actual de cada sector y cómo se espera que cambien las emisiones de gases contaminantes a futuro, considerando plazos de 10, 20 y 50 años. También debe describir qué tan vulnerables son las personas, los animales y los ecosistemas del Estado de México ante los efectos del cambio climático, y enlistar las acciones y proyectos para adaptarse o reducir el daño. Para cada proyecto, se tiene que especificar su objetivo, las metas a corto, mediano o largo plazo, su prioridad, el dinero asignado, a quién le toca hacerlo (dependencias, municipios o empresas privadas) y cómo se va a medir si funciona.
Texto oficial
ARTÍCULO 24. Además de lo previsto en la Ley, la Secretaría incluirá en el proyecto de PEACC lo siguiente: I. La línea base para el desarrollo de cada sector. II. El escenario base. III. Los escenarios de emisiones de gases de efecto invernadero, deberán considerar un plazo corto, mediano y lejano, el cual será de 10, 20 y 50 años respectivamente. IV. La relación de las características físicas, económicas y culturales del estado con el diagnóstico estatal del Cambio Climático. V. Descripción de la vulnerabilidad de los sistemas humanos y naturales registrados en el territorio del Estado de México ante los efectos adversos del cambio climático. VI. Áreas de oportunidad en materia de adaptación y mitigación al cambio climático. VII. La priorización general de las acciones y proyectos que contiene, en función de los objetivos, tanto de adaptación como de mitigación que persiguen las metas planteadas y los sectores en los que inciden. VIIII. La relación de acciones y proyectos, señalando en cada uno: a. Objetivos de adaptación y de mitigación. b. Metas de corto, mediano o largo plazo con las que se vinculan. c. Grado de prioridad. d. Recursos asignados. e. Responsabilidades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y, en su caso, de los ayuntamientos. f. En su caso, actores de los sectores social y privado que involucran. g. Etapas para su implementación, y los plazos correspondientes. h. Criterios, procedimientos e indicadores de efectividad para vigilar y evaluar su cumplimiento, así como el impacto de sus acciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.