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Artículo 2 del Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo define palabras clave para que todos entiendan el mismo idioma al leer este reglamento. Te explica que cuando veas "Comisiones", se refiere a grupos de trabajo que se encargan de prevenir, atender, sancionar o erradicar la violencia contra las mujeres, y también de promover la igualdad entre mujeres y hombres. "Ley de Acceso" es la ley que asegura que las mujeres puedan vivir sin violencia en el Estado de México, y "Ley de Igualdad" es la que busca que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y sean tratados de manera justa. "Reglamento" es el nombre de este documento en específico, y "Sistema Estatal" es el conjunto de acciones que el gobierno aplica para lograr estos objetivos. En resumen, solo te está dando el significado de cada nombre para que no te pierdas cuando los leas más adelante.

Texto oficial

Artículo 2. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 26 de marzo de 2015. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE MÉXICO 3 I. Comisiones: a las Comisiones de Prevención de la Violencia contra las Mujeres e Igualdad de Trato y Oportunidades; Atención de la Violencia contra las Mujeres e Igualdad de Trato y Oportunidades; Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Igualdad de Trato y Oportunidades; y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Igualdad de Trato y Oportunidades. II. Ley de Acceso: a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. III. Ley de Igualdad: a la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. IV. Reglamento: al Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. V. Reglamento de la Ley de Acceso: al Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. VI. Sistema Estatal: al Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.