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Artículo 25 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una institución de seguridad pública necesita arreglar, cambiar o dar de baja sus radios o equipos de comunicación, primero tiene que pedir permiso por escrito al Centro de Control. Además del oficio, debe entregar el equipo que va a revisar, y dar los datos del aparato como el número de serie, el modelo y el número de inventario. Todo esto es para que quede registro de qué equipo se revisa y se autorice el movimiento.

Texto oficial

Artículo 25. Las instituciones de seguridad pública que requieran dictamen técnico de reparación, remplazo o baja de los equipos de radiocomunicación, deberán presentar solicitud por escrito ante el Centro de Control, además de: I. El equipo de radiocomunicación sujeto a revisión. II. Los datos de identificación del equipo, número de serie, modelo y número de inventario. CAPÍTULO III DEL CENTRO DE CONTROL, COMANDO, COMPÚTO Y COMUNICACIONES, Y DE LOS CENTROS DE MANDO REGIONAL Y CENTROS DE MANDO MUNICIPAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.