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Ley
Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México
Artículo
82

Artículo 82 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Red Estatal tiene que estar vigilada de cerca en cómo funciona y cómo se maneja. Esto significa que alguien debe revisar constantemente que todo esté bien, como su administración y operación diaria. Es una regla para que no haya descuidos ni problemas ocultos. Básicamente, no pueden dejarla sola; necesitan supervisión permanente.

Texto oficial

Artículo 82. La Red Estatal deberá contar con un monitoreo estrecho en su operación y administración.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México (pág. 19) ↗

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