Artículo 23 del Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros de la asociación tienen derechos y obligaciones. Debes evitar hablar de política o religión dentro del grupo. Si la asociación lo pide, tienes que vender tus productos o comprar tus materiales a través de ella. También debes seguir las reglas de la asociación y respetar lo que decida la asamblea (la reunión de todos los miembros). Puedes recibir los beneficios que dé la asociación, votar o ser votado para puestos de liderazgo, y participar en las asambleas con derecho a opinar y votar. Además, tienes que pagar tus cuotas a tiempo y puedes revisar los libros de contabilidad y documentos del grupo.
Texto oficial
Artículo 23. Las y los asociados tendrán los derechos y obligaciones siguientes: I. Abstenerse de tratar asuntos de política partidaria o religiosos en el seno de la asociación. II. Comercializar sus productos y adquirir sus insumos por conducto de la asociación, cuando así lo determine ésta. III. Cumplir con las disposiciones de los estatutos de la asociación y acatar los acuerdos de la asamblea. IV. Disfrutar de los beneficios que la asociación les otorgue conforme a sus estatutos. V. Elegir o ser electo para el desempeño de cargos en los órganos de la asociación y en las secciones especializadas que fijen sus estatutos. VI. Participar en las asambleas generales, con derecho a voz y voto. VII. Proporcionar oportunamente las aportaciones y cuotas que determine la asamblea general. VIII. Tener acceso a la contabilidad y a cualquiera otra documentación de la asociación. IX. Los demás que fijen sus estatutos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.