Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que estas reglas sirven para detallar cómo se aplica la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social del Estado de México, pero solo en lo que le toca al Poder Judicial del estado. Básicamente, explica que no es una ley nueva, sino un reglamento que aclara cómo llevar a cabo lo que ya dice esa ley. Solo aplica cuando los juzgados o tribunales del Estado de México estén involucrados.

Texto oficial

Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar lo dispuesto en la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México, en el ámbito de competencia del Poder Judicial del Estado. Definiciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.