Artículo 27 del Reglamento de la Participación Social en la Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tus obligaciones como miembro de la asociación son: 1. Llegar puntual a las juntas generales cuando te citen. 2. Hacer los trabajos o comisiones que te encargue la asamblea. 3. Respetar lo que se acuerde entre todos en las juntas. 4. Cuidar la imagen de la asociación y ayudar para que funcione mejor. 5. Colaborar con las actividades culturales y sociales de la escuela cuando las autoridades te lo pidan. 6. No hacer campaña política ni religiosa dentro de la asociación o la escuela. 7. Organizar actividades para juntar dinero o que beneficien a la escuela. 8. Contar a la mesa directiva o a la asamblea qué hiciste en tus tareas y entregar cuentas claras de lo que manejaste. 9. Las demás que te pidan este reglamento y los estatutos.
Texto oficial
Artículo 27.- Son obligaciones de los asociados: I. Concurrir puntualmente a las reuniones de la asamblea general a que sean convocados; II. Desempeñar las comisiones que la asamblea general les encomiende; III. Respetar los acuerdos surgidos de la asamblea general; IV. Velar por el buen nombre de la asociación y cooperar para su mejor funcionamiento; V. Colaborar, a solicitud de la autoridad escolar, en las actividades culturales y sociales que se realicen en las instituciones educativas; VI. Abstenerse de realizar proselitismo de tipo político o religioso dentro de la asociación escolar o institución educativa; VII. Realizar actividades sociales y lucrativas en beneficio de la institución educativa; VIII. Informar de las actividades que les sean encomendadas y rendir cuentas ante la mesa directiva o la asamblea general; IX. Las demás que les asigne este reglamento y los estatutos. CAPITULO SEGUNDO DE LA CONSTITUCION, INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DIRECTIVA SECCION PRIMERA DE SU CONSTITUCION E INTEGRACION
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