Artículo 3 del Reglamento de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo sirve para definir ciertos términos importantes que se usan en este reglamento. Por ejemplo, cuando digan “Comité”, se refieren al grupo encargado de dar estímulos y reconocimientos a escuelas, maestros y alumnos de nivel básico. También aclara que cuando mencionen “Ley”, están hablando de la ley estatal contra el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios. Y por último, “Reglamento” es el conjunto de reglas que desarrollan y detallan cómo se aplica esa ley.
Texto oficial
Artículo 3. Para efectos del presente Reglamento, además de lo establecido en la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios, se entenderá por: I. Comité: al Comité para la Entrega de los Estímulos y Reconocimientos para las Escuelas de Nivel Básico, Profesores y Alumnos. II. Ley: a la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios. III. Reglamento: al Reglamento de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.