Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 10 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud y el Instituto tienen la tarea de invitar a todos los que dan servicios médicos (ya sean del gobierno, de organizaciones sociales o de empresas privadas) a participar en el Sistema Estatal de Salud. También van a buscar ponerse de acuerdo con los que venden medicinas, equipos y materiales médicos para que no falten y se usen de manera más ordenada y eficiente.

Texto oficial

Artículo 10.- La Secretaría y el Instituto, promoverán la participación, en el Sistema Estatal de Salud, de los prestadores de servicios de salud de los sectores público, social y privado. Asimismo, fomentarán la coordinación con los proveedores de insumos para la salud, a fin de racionalizar y procurar la disponibilidad de éstos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.