- Ley
- Reglamento de Salud del Estado de México
- Artículo
- 77
Artículo 77 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La COPRISEM (que es como la policía de salud) se encarga de vigilar y evitar peligros que puedan dañar tu salud, como alimentos en mal estado o lugares insalubres. Para hacer su trabajo, sigue las mismas reglas que ya se explican en el artículo 54 de este reglamento, que son básicamente revisar, inspeccionar y aplicar medidas para que no corras riesgos. O sea, si hay algo que pueda enfermarte, ellos actúan de acuerdo a esas instrucciones.
Texto oficial
Artículo 77. La “COPRISEM” en materia de riesgos sanitarios realizará las acciones descritas en el artículo 54 de este Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.