Artículo 8 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Consejo puede armar equipos de personas (como comisiones, comités o grupos de trabajo) para estudiar, promocionar, investigar y proponer ideas que ayuden a que los programas de salud funcionen mejor. También puede invitar a expertos, escuelas, centros de investigación y organizaciones de la sociedad o empresas privadas que tengan que ver con el tema de salud. Todo esto lo hará siguiendo las reglas que el propio Consejo defina en su reglamento interno.
Texto oficial
Artículo 8.- El Consejo podrá crear comisiones, comités y grupos de trabajo para el estudio, promoción, investigación y formulación de propuestas, que permitan coadyuvar en la operación y seguimiento de los programas de salud e invitar a expertos, instituciones académicas, de investigación y agrupaciones de los sectores social y privado relacionadas con la materia, en los términos que señale el reglamento interno que al efecto expida el propio Consejo. CAPITULO III DEL SISTEMA ESTATAL DE SALUD
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