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Ley
Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México
Artículo
40

Artículo 40 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Libros Blancos y las Memorias Documentales son como unos informes oficiales que explican cómo se trabajó durante el gobierno. Estos informes deben estar listos, a más tardar, el último día hábil de julio del año en que termina el gobierno del Gobernador del Estado de México. La razón es que deben incluirse a tiempo en el acta de entrega-recepción, que es el documento donde se hace el cambio de mando de los jefes de las dependencias.

Texto oficial

Artículo 40. Los Libros Blancos y Memorias Documentales deberán concluirse a más tardar el último día hábil del mes de julio del año de conclusión de la gestión de gobierno de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para que los mismos puedan incorporarse oportunamente al Acta Administrativa de Entrega y Recepción de la persona titular de la Dependencia u Organismo Auxiliar.

Ver texto oficial del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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