Artículo 28 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para seguir usando tus placas, tienes que pagar los impuestos correspondientes y cumplir con lo que pida el gobierno en un aviso público que sacan antes. Ese aviso se llama convocatoria y ahí vienen todos los pasos que debes seguir. No se vale solo pagar; hay que hacer exactamente lo que dicen en el anuncio. Así que estate al pendiente de las fechas para que no se te pase el plazo.
Texto oficial
Artículo 28.- El refrendo de la vigencia de las placas de matriculación de los vehículos, se hará previo el pago de los derechos y el cumplimiento de los requisitos que se indiquen en la convocatoria que para tal efecto se publique con la debida anticipación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.