Artículo 140 del Reglamento de los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
En la cárcel siempre debe haber comunicación constante para que el personal reporte cómo está la situación en el lugar donde están. Si algo sale mal, deben tener la manera de activar un código de emergencia para pedir ayuda rápido. Así todos están enterados en todo momento de lo que pasa en cada área del centro penitenciario.
Texto oficial
Artículo 140. Se llevará en el Centro Penitenciario una comunicación sistemática que permita en todo momento informar acerca de la situación del punto de control en el que se encuentren ubicados, y en su caso la activación de un código de emergencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.