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Artículo 12 de la LEY de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo prohíbe varias cosas con los vales de despensa, ya sean impresos o en tarjeta. No puedes cambiarlos por dinero, ni en efectivo ni con cheques o algún otro documento. Tampoco puedes usarlos para comprar alcohol o cigarros. Además, no está permitido usarlos para cosas que no tengan que ver con la ley, como para servicios que no sean de alimentos o comedor, y por último, no puedes sacar dinero de la tarjeta en cajeros automáticos o tiendas.

Texto oficial

Artículo 12. Para el caso de los vales impresos y electrónicos previstos en esta Ley quedará prohibido: I. Canjearlos por dinero, ya sea en efectivo o mediante títulos de crédito; II. Canjearlos o utilizarlos para comprar bebidas alcohólicas o productos del tabaco; III. Usarlos para fines distintos a los de esta Ley o para servicios distintos a los definidos en el inciso b) o c) de la fracción I del artículo 7 o en la fracción II de ese mismo artículo, y LEY DE AYUDA ALIMENTARIA PARA LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 17-01-2011 4 de 6 IV. Utilizar la tarjeta de los vales electrónicos para retirar el importe de su saldo en efectivo, directamente del emisor o a través de cualquier tercero, por cualquier medio, incluyendo cajeros automáticos, puntos de venta o cajas registradoras, entre otros. Capítulo III Incentivos y promoción

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.