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Ley
LEY de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores
Artículo
2

Artículo 2 de la LEY de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define palabras clave de la ley: una "dieta correcta" es una alimentación completa, balanceada, saludable y variada, según lo que indique la Secretaría de Salud. "Normas" son las reglas oficiales de México. "Secretaría" se refiere a la del Trabajo y Previsión Social. Y "trabajadores" son hombres o mujeres que trabajan para alguien más (persona o empresa) de forma subordinada, siempre que su relación laboral esté cubierta por el Apartado A del artículo 123 de la Constitución.

Texto oficial

Artículo 2o. Para efectos de la presente Ley se entenderá por: I. Dieta correcta. Aquella que es completa, equilibrada, saludable, suficiente, variada y adecuada, en términos de las disposiciones que al efecto expida la Secretaría de Salud; II. Normas. A las normas oficiales mexicanas; III. Secretaría. A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; IV. Trabajadores. A los hombres y mujeres que prestan a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, que sus relaciones laborales se encuentren comprendidas en el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ver texto oficial de la LEY de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores (pág. 1) ↗

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