- Ley
- LEY de Aviación Civil
- Artículo
- 91
Artículo 91 de la LEY de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien quiere quitar una concesión, permiso o licencia, suspender un servicio, aplicar una multa u otra sanción de esta ley, o presentar una queja formal llamada "recurso administrativo", todo se debe hacer siguiendo las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Esa ley es como el manual que dice los pasos a seguir, los plazos y cómo presentar los documentos. En palabras simples: no puedes hacerlo a lo loco, sino que debes cumplir con los requisitos que marca esa otra ley.
Texto oficial
Artículo 91. Para declarar la revocación de concesiones, permisos y licencias; suspensión de servicios; la imposición de las sanciones previstas en esta Ley; así como para la interposición del recurso administrativo de revisión, se estará a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.