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Ley
LEY de Asistencia Social
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno federal que se encargan de ayudar a gente en necesidad (como apoyos, despensas o servicios de salud) deben seguir las reglas de esta ley en todo lo que hagan. Eso quiere decir que no pueden inventar sus propias reglas al momento de dar la ayuda. Esta ley es la que pone los límites y obligaciones para que trabajen bien. Así que si tienes un asunto de asistencia social con el gobierno, todo lo que te digan o hagan tiene que basarse en esta ley.

Texto oficial

Artículo 16.- Las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal que ejerzan funciones relacionadas con la asistencia social, se sujetarán en el ejercicio de éstas a las disposiciones contenidas en la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY de Asistencia Social (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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