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Ley
LEY de Asistencia Social
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud, por medio de su organismo encargado, puede hacer acuerdos con los gobiernos de los estados y de la Ciudad de México para trabajar juntos en temas de ayuda social, como apoyar a personas vulnerables. A veces, también pueden participar otras oficinas del gobierno en estos acuerdos. Esto sirve para que todas las autoridades colaboren y den mejor atención a quienes más lo necesitan.

Texto oficial

Artículo 19.- La Secretaría de Salud a través del Organismo, y en su caso, con la intervención de otras dependencias y entidades, podrá celebrar acuerdos de coordinación en materia de asistencia social con los gobiernos de las Entidades Federativas y del Distrito Federal.

Ver texto oficial de la LEY de Asistencia Social (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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