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Artículo 27 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El DIF Nacional es una institución del gobierno que tiene su propio dinero y puede hacer trámites legales por sí misma. Su función principal es ayudar a las familias, niñas, niños y personas vulnerables. Está creada basándose en lo que dice la Ley General de Salud. Funciona de manera independiente, pero sigue las reglas del gobierno.

Texto oficial

Artículo 27.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es el Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, a que se refiere el Artículo 172 de la Ley General de Salud.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.