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Ley
LEY de Asistencia Social
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El DIF Nacional es una institución del gobierno que tiene su propio dinero y puede hacer trámites legales por sí misma. Su función principal es ayudar a las familias, niñas, niños y personas vulnerables. Está creada basándose en lo que dice la Ley General de Salud. Funciona de manera independiente, pero sigue las reglas del gobierno.

Texto oficial

Artículo 27.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es el Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, a que se refiere el Artículo 172 de la Ley General de Salud.

Ver texto oficial de la LEY de Asistencia Social (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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