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Ley
LEY Aduanera
Artículo
14-C

Artículo 14-C de la LEY Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SAT (Servicio de Administración Tributaria) puede dar permiso a empresas mexicanas para que hagan trabajos de carga, descarga y movimiento de mercancías dentro de las aduanas. Si una empresa quiere hacer esto, tiene que pedir la autorización y cumplir con todos los requisitos y condiciones que el SAT ponga en sus reglas. Además, las empresas que ya tengan el permiso deben seguir las indicaciones del SAT para cuidar que todo esté seguro y vigilado en la aduana y que las mercancías que llegan del extranjero estén en orden.

Texto oficial

ARTICULO 14-C. El Servicio de Administración Tributaria podrá autorizar a las personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal. Las empresas que deseen prestar estos servicios deberán solicitar la autorización y cumplir los requisitos y condiciones que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas. Las empresas autorizadas deberán cumplir con los lineamientos que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas para el control, vigilancia y seguridad del recinto fiscal y de las mercancías de comercio exterior. Artículo adicionado DOF 30-12-2002

Ver texto oficial de la LEY Aduanera (pág. 10) ↗

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