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Ley
LEY Aduanera
Artículo
161

Artículo 161 de la LEY Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 161 habla sobre los agentes aduanales, que son las personas que te ayudan a pasar mercancías por la aduana. Su licencia (patente) solo les da derecho a trabajar en una aduana específica, pero si quieren trabajar en otra, pueden pedirle permiso al SAT. La aduana tiene hasta dos meses para darles el permiso, siempre y cuando el agente esté al corriente con sus impuestos y haya pagado lo que debe. Solo pueden trabajar en máximo tres aduanas adicionales a la suya original. Si el agente renuncia a trabajar en una de esas aduanas adicionales, puede pedir que le autoricen otra diferente. Además, si una aduana deja de funcionar, el agente puede pedir al SAT que lo reasignen a otra. Por último, el agente puede trabajar en aduanas que no sean las suyas si está moviendo mercancías en tránsito interno, es decir, que solo van de paso hacia otra aduana donde sí tiene permiso.

Texto oficial

ARTICULO 161. La patente de agente aduanal le da derecho al titular para actuar ante una aduana de adscripción; sin embargo, el agente aduanal podrá solicitar autorización del Servicio de Administración Tributaria para actuar en una aduana adicional a la de adscripción por la que se le otorgó la patente. Las autoridades aduaneras deberán otorgar la autorización en un plazo no mayor de dos meses, siempre que el agente aduanal demuestre que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como del pago de los derechos correspondientes. Párrafo reformado DOF 19-11-2025 En ningún caso se podrá autorizar a un agente aduanal a efectuar despachos en más de tres aduanas adicionales a la de su adscripción. Cuando el agente aduanal expresamente renuncie a una aduana que le hubiera sido autorizada conforme al párrafo anterior de este artículo, podrá presentar solicitud para que se le autorice actuar en otra aduana. En los casos de supresión de alguna aduana, los agentes aduanales a ella adscritos o autorizados, podrán solicitar su readscripción al Servicio de Administración Tributaria. El agente aduanal podrá actuar en aduanas distintas a las de su adscripción o a las que le hubieran sido autorizadas, cuando promueva el despacho para el régimen de tránsito interno de mercancías que LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-11-2025 120 de 220 vayan a ser o hayan sido destinadas a otro régimen aduanero en la aduana de su adscripción o en las demás que tenga autorizadas. Artículo reformado DOF 01-01-2002, 09-12-2013

Ver texto oficial de la LEY Aduanera (pág. 119) ↗

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