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Ley
LEY de Aeropuertos
Artículo
17 BIS

Artículo 17 BIS de la LEY de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia Federal de Aviación Civil te puede dar un permiso temporal para usar un aeródromo (un lugar donde aterrizan y despegan avionetas) solo para fumigar cultivos. Sirve para controlar plagas y enfermedades en el campo mexicano. Ese permiso dura 12 meses y te lo entregan las oficinas regionales o del aeropuerto. Lo puedes renovar pidiéndolo un mes antes de que se venza, siguiendo las reglas que ponga la Agencia.

Texto oficial

ARTICULO 17 BIS. La Agencia Federal de Aviación Civil otorgará la autorización de aeródromos temporales para uso en labores de fumigación agrícola para la atención del control de plagas y enfermedades fitosanitarias en el campo mexicano, con una vigencia de 12 meses expedida a través de las comandancias de región y/o del aeropuerto, pudiéndose renovar con un mes de anticipación a su vencimiento conforme a las disposiciones técnico-administrativas que expida la Agencia Federal de Aviación Civil. Artículo adicionado DOF 03-05-2023

Ver texto oficial de la LEY de Aeropuertos (pág. 11) ↗

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