Artículo 6 de la LEY Agraria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno federal van a buscar poner dinero e invertir para que el campo crezca. También van a ayudar a que los terrenos chicos se junten para formar unidades más grandes y productivas. Van a fomentar que ejidatarios, comuneros y pequeños dueños de tierra hagan negocios juntos. Además, apoyarán la ciencia, la capacitación y la organización de los productores para que vendan mejor y usen tecnología más moderna. Por último, asesorarán a los trabajadores del campo y harán lo necesario para que el desarrollo de las zonas rurales sea más parejo en todo el país.
Texto oficial
Artículo 6o.- Las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal buscarán establecer las condiciones para canalizar recursos de inversión y crediticios que permitan la capitalización del campo; fomentar la conjunción de predios y parcelas en unidades productivas; propiciar todo tipo de asociaciones con fines productivos entre ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios y cualquiera de éstos entre sí; promover la investigación científica y técnica y la transferencia de sus resultados entre todos los productores rurales; apoyar la capacitación, organización y asociación de los productores para incrementar la productividad y mejorar la producción, la transformación y la comercialización; asesorar a los trabajadores rurales; y llevar a cabo las acciones que propicien el desarrollo social y regionalmente equilibrado del sector rural.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.