Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 163 de la LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando pidas un amparo porque estés detenido en un proceso penal, el juez que vea tu caso puede ordenar que te suelten de forma temporal. Eso significa que ya no estarás preso, pero el juez del amparo será quien decida sobre tu libertad. Sin embargo, la autoridad que te está juzgando (como un juez penal o un ministerio público) todavía podrá seguir con el proceso en tu contra. En pocas palabras: te dejan libre durante el amparo, pero el juicio penal sigue su curso normal.

Texto oficial

Artículo 163. Cuando el amparo se pida contra actos que afecten la libertad personal dentro de un procedimiento del orden penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166 de esta Ley, la suspensión producirá el efecto de que la persona quejosa quede a disposición del órgano jurisdiccional que conozca del amparo, sólo en lo que se refiere a dicha libertad, pero a disposición de la autoridad que deba juzgarlo, para la continuación del procedimiento. Artículo reformado DOF 13-03-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.