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Ley
LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
270

Artículo 270 de la LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las multas que se mencionan aquí se pagan por "días multa". Esto significa que la cantidad depende de lo que ganes diariamente. Básicamente, te pueden multar con uno o varios días de tu ingreso, según lo que diga el Código Penal Federal. Es decir, no es una multa fija para todos, sino que se calcula con base en tu sueldo. Así, si ganas poco, pagas menos; si ganas más, pagas más.

Texto oficial

Artículo 270. Las multas a que se refiere este Capítulo, son equivalentes a los días multa previstos en el Código Penal Federal.

Ver texto oficial de la LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 84) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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