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Artículo 1 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todo México y es obligatoria para todos. Su objetivo es controlar el uso, las pruebas y la venta de organismos genéticamente modificados, como semillas o alimentos alterados en laboratorio. También regula su importación y exportación. Todo esto es para proteger tu salud, el medio ambiente, los animales, las plantas y la vida acuática de posibles riesgos. En pocas palabras, busca que estos organismos no causen daños a las personas ni a la naturaleza.

Texto oficial

ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de orden público y de interés social, y tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.