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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LBio/45
Ley
LEY de Biocombustibles
Artículo
45

Artículo 45 de la LEY de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un problema con la compra de biocombustibles (como etanol o biodiésel), la ley dice que los productores, importadores y vendedores deben resolverlo siguiendo las reglas de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Eso significa que tú, como consumidor, tienes derechos protegidos por esa ley para quejas o abusos. Las disputas entre las empresas y los clientes se arreglan con esas normas, no con reglas especiales de biocombustibles. En resumen, cualquier bronca que tengas al comprar estos combustibles se trata igual que un problema con cualquier otro producto o servicio.

Texto oficial

Artículo 45.- Las controversias que se susciten entre quienes realicen la Producción, importación, exportación, Almacenamiento, Comercialización, Distribución y Expendio al Público de Biocombustibles, y las personas consumidoras, deben ser resueltas de conformidad con las disposiciones aplicables de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Ver texto oficial de la LEY de Biocombustibles (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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