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Artículo 4 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Banco de México se encarga de guardar el dinero que la Asociación Internacional de Fomento tenga en nuestro país. Esto se hace siguiendo lo que dice el acuerdo de creación de esa organización, específicamente en el Artículo VI, Sección 9. En pocas palabras, el banco central mexicano es el responsable de cuidar esos fondos internacionales.

Texto oficial

ARTICULO 4o.- El Banco de México, S. A. será el depositario en México de las disponibilidades de la Asociación Internacional de Fomento, de conformidad con el Artículo VI Sección 9 del Convenio Constitutivo del citado Organismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.