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Artículo 1 de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley aplica en todo México y nadie puede alegar que no la conoce, aunque si hay un tratado internacional que diga algo distinto, ese tratado se respeta por encima de esta ley. Su objetivo es darle al Presidente y su equipo las herramientas para planear, promover y vigilar programas de cooperación con otros países y organismos internacionales. A través de estos programas, México puede compartir o recibir dinero, cosas, conocimientos y experiencias en temas como educación, cultura, ciencia y economía. Todas estas acciones deben buscar un desarrollo que no dañe el medio ambiente, que ayude a reducir la pobreza, el desempleo y la desigualdad, y que fomente los derechos humanos, la igualdad de género y la transparencia.

Texto oficial

Artículo 1. La presente Ley es de orden público y observancia general en todo el territorio nacional, y se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales. Esta Ley tiene por objeto dotar al Poder Ejecutivo Federal de los instrumentos necesarios para la programación, promoción, concertación, fomento, coordinación, ejecución, cuantificación, evaluación y fiscalización de acciones y Programas de Cooperación Internacional para el desarrollo entre los Estados Unidos Mexicanos y los gobiernos de otros países así como con organismos internacionales, para la transferencia, recepción e intercambio de recursos, bienes, conocimientos y experiencias educativas, culturales, técnicas, científicas, económicas y financieras. Las acciones de cooperación internacional para el desarrollo que lleve a cabo el Estado Mexicano, tanto en su carácter de donante como de receptor, deberán tener como propósito esencial promover el desarrollo humano sustentable, mediante acciones que contribuyan a la erradicación de la pobreza, el desempleo, la desigualdad y la exclusión social; el aumento permanente de los niveles educativo, técnico, científico y cultural; la disminución de las asimetrías entre los países desarrollados y países en vías de desarrollo; la búsqueda de la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático; así como el fortalecimiento a la seguridad pública, con base en los principios de solidaridad internacional, defensa y promoción de los derechos humanos, fortalecimiento del Estado de derecho, equidad de género, promoción del desarrollo sustentable, transparencia y rendición de cuentas y los criterios de apropiación, alineación, armonización, gestión orientada a resultados y mutua responsabilidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.