Artículo 14 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para trabajar como secretario o instructor en el Tribunal de Disciplina Judicial, debes cumplir varios requisitos: ser ciudadano mexicano, tener tus derechos civiles y políticos vigentes, contar con buena reputación, tener título de licenciatura en Derecho, no haber sido condenado por un delito grave que te haya llevado a prisión por más de un año, y no haber sido suspendido por faltas administrativas graves o leves. Además, si quieres ser subsecretario, secretario proyectista o instructor, necesitas al menos tres años de experiencia profesional; para secretario general, se requieren cinco años. Finalmente, las reglas para entrar o subir de puesto en este tribunal seguirán lo que dice esta ley y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Texto oficial
Artículo 14. Requisitos para las categorías de la Carrera Judicial en el Tribunal de Disciplina Judicial La Secretaria o el Secretario General de Acuerdos, la Subsecretaria o Subsecretario General de Acuerdos, las Secretarias y los Secretarios Auxiliares de Acuerdos, las Secretarias o Secretarios Proyectistas, y las Instructoras e Instructores del Tribunal de Disciplina Judicial, deberán ser ciudadanas o ciudadanos mexicanos, estar en el pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, gozar de buena reputación, contar con título de licenciada o licenciado en derecho expedido legalmente, no haber sido condenadas o condenados por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año y no haber sido sancionadas o sancionados por faltas administrativas graves y no graves que hayan resultado en inhabilitación. La Subsecretaria o el Subsecretario de acuerdos, las Secretarias o Secretarios Proyectistas, y las Instructoras e Instructores del Tribunal de Disciplina Judicial deberán tener, además, por lo menos tres años de práctica profesional, y la Secretaria o el Secretario de Acuerdos, cinco años de práctica profesional. Para el ingreso y la promoción en el Tribunal de Disciplina Judicial se estará a lo dispuesto por esta Ley y las disposiciones aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.