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Artículo 17 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para ser secretario o asistente en juzgados de control, enjuiciamiento o laborales, necesitas tener título de licenciatura en Derecho, ser mexicano y tener al menos tres años de experiencia en el área. Además, debes tener tus derechos políticos y civiles vigentes, buena reputación, y no haber sido condenado por un delito grave (con más de un año de cárcel) ni inhabilitado por faltas administrativas. Tu nombramiento se hace siguiendo las reglas de esta ley y los acuerdos del tribunal. En pocas palabras, es un puesto que pide estudios, experiencia, buena conducta y ser ciudadano mexicano en pleno goce de tus derechos.

Texto oficial

Artículo 17. Requisitos para ser Asistente de constancias y registro en juzgados de control y enjuiciamiento, así como secretarias o secretarios judiciales Los Asistentes de constancia y registro de Juez o Jueza de control o Juez o Jueza de enjuiciamiento, así como, las Secretarias o los Secretarios instructores, Secretarias o Secretarios de constancias, de audiencias, de acuerdos, de diligencias y de instrucción de los juzgados laborales deberán contar con una experiencia profesional de al menos tres años, ser ciudadanas o ciudadanos mexicanos, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, gozar de buena reputación, contar con título de licenciada o licenciado en derecho expedido legalmente, no haber sido condenadas o condenados por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año y no haber sido sancionadas o sancionados por faltas administrativas graves y no graves que hayan resultado en inhabilitación; serán nombradas y nombrados de conformidad con las disposiciones de esta Ley y de los acuerdos generales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.