Artículo 2 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo es un glosario que define los términos clave que se usan en toda la ley. Por ejemplo, "Carrera Judicial" se refiere al sistema de trabajo de los jueces y magistrados federales. El "Conflicto de interés" pasa cuando un servidor público puede dejar de hacer bien su chamba por sus intereses personales, familiares o de negocios. También aclara que "Vínculo o relación familiar" incluye a tu pareja (casada o en unión libre) y a tus parientes hasta los primos hermanos, tíos y sobrinos, tanto por sangre como por parentesco político. Básicamente, te dice el significado exacto de cada palabrita para que no haya confusiones.
Texto oficial
Artículo 2. Glosario Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I. Carrera Judicial: Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación; II. Conflicto de interés: La posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas en razón de intereses personales, familiares o de negocios; III. Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; IV. Defensoría Pública: Instituto Federal de Defensoría Pública; V. Directora o Director General: Directora o Director General de la Escuela Nacional de Formación Judicial; VI. Escuela Judicial: Escuela Nacional de Formación Judicial; LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 02-01-2025 2 de 24 VII. Integrantes del Órgano de Administración Judicial: Las personas que integran el Pleno del Órgano de Administración Judicial; VIII. Ley: Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación; IX. Órgano: El Órgano de Administración Judicial; X. Órgano Jurisdiccional: Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación, Plenos Regionales, Centros de Justicia Penal Federal, Juzgados de Distrito, Tribunales Laborales Federales o el Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones; XI. Pleno: Pleno del Órgano de Administración Judicial; XII. Presidenta/Presidente: Presidenta o Presidente del Órgano de Administración Judicial; XIII. Registro Único: Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial; XIV. Suprema Corte: Suprema Corte de Justicia de la Nación; XV. Titulares: Las Magistradas y los Magistrados de Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito y sus categorías equivalentes en el sistema penal acusatorio y en el nuevo sistema de justicia laboral; XVI. Tribunal Electoral: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y XVII. Vínculo o relación familiar: El o la que tienen las personas servidoras públicas con su cónyuge, concubina o concubinario, conviviente o con quien o quienes sostengan relación análoga a las anteriores, conforme a las legislaciones aplicables que regulen instituciones o figuras del derecho de familia, así como con parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, tanto en línea recta, como colateral.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.