- Ley
- LEY de Concursos Mercantiles
- Artículo
- 273
Artículo 273 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa comete un delito, los responsables no son la empresa como tal, sino las personas reales que la dirigen. Esto incluye a los miembros del consejo, administradores, directores, gerentes o quienes estén liquidándola. Ellos serán castigados si participaron directamente o ayudaron a cometer el delito. Es decir, no se puede echarle la culpa a la empresa nomás, sino a quienes tomaron las decisiones o actuaron.
Texto oficial
Artículo 273.- Cuando el Comerciante sea una persona moral, la responsabilidad penal recaerá sobre los miembros del consejo de administración, los administradores, directores, gerentes o liquidadores de la misma que sean autores o partícipes del delito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.