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Artículo 8 de la LEY para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los planes de ayuda o programas que menciona la ley anterior se pueden acordar con diferentes grupos o autoridades. Por ejemplo, pueden negociarse con organizaciones de empresarios, con los gobiernos de los estados, de los municipios o de las alcaldías de la Ciudad de México. También pueden pactarse con bancos u otras instituciones de finanzas.

Texto oficial

Artículo 8.- Los esquemas a que se refiere el artículo anterior, podrán ser acordados con los Organismos Empresariales, los Gobiernos de las Entidades Federativas, de los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como con entidades financieras. Artículo reformado DOF 19-05-2017

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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