LEY para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley busca ayudar a que los negocios pequeños y medianos crezcan y tengan éxito. Su objetivo es hacer que esas empresas puedan competir mejor, sean más rentables y duren más tiempo. También quiere que vendan sus productos en más mercados y que trabajen en equipo con otras empresas para generar más valor para México. Todo esto se hace para crear más empleos y mejorar la situación económica de quienes trabajan en negocios chicos o medianos. Además, esta ley aplica en todo el país y es obligatoria para todos.
- Art. 2La Secretaría de Economía es la dependencia encargada de aplicar esta ley. Puede hacer acuerdos con gobiernos federales, estatales, municipales y de la Ciudad de México para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), con el fin de planear su desarrollo de manera coordinada. También puede firmar convenios con empresas o personas particulares para lograr los mismos objetivos. Además, el dinero que el gobierno federal destine cada año a apoyar a las MIPYMES no puede ser menor, en valor real, al que se autorizó el año anterior.
- Art. 3El artículo 3 sirve como un diccionario para entender los términos clave de esta ley. Te explica que las MIPYMES son micro (0-10 empleados), pequeñas (11-50 en industria o servicios, 11-30 en comercio) o medianas (51-250 en industria, 31-100 en comercio o servicios) e incluye a artesanos, ganaderos, pescadores y otros. "Competitividad" se refiere tanto a qué tan bueno es el ambiente para hacer negocio como a la capacidad de una empresa para venderse bien y ganar dinero. También aclara que las "Organizaciones Empresariales" son grupos como cámaras o asociaciones que representan a estas empresas. Por último, define servicios como "Consultoría" (dar consejos para mejorar) y "Capacitación" (dar cursos para que el personal aprenda más).
- Art. 4Este artículo dice que la ley busca dos cosas principales: **planear y promover el éxito de las MIPYMES** (micro, pequeñas y medianas empresas, como tu changarro o negocio familiar). Primero, quiere establecer reglas claras para que el gobierno federal, los estados, los municipios y hasta la Ciudad de México trabajen juntos y apoyen a estos negocios. También busca que existan formas de medir si los programas de apoyo están funcionando y mejorar la productividad de las MIPYMES a largo plazo. Segundo, la ley quiere crear un ambiente favorable para que estos negocios sean más competitivos, tengan acceso a créditos, puedan innovar y venderle tanto al gobierno como a clientes nacionales y extranjeros. Finalmente, promueve que las MIPYMES se organicen entre ellas y cuiden el medio ambiente mientras crecen.
- Art. 5La Secretaría (una dependencia del gobierno) va a hacer los planes de cada sector (como salud o educación) siguiendo las reglas que aplican. Para eso, debe considerar lo que dice esta Ley y también las decisiones del Consejo. Estos planes son como las instrucciones detalladas para lograr lo que la Ley ya ordenó. Así que el gobierno no puede hacer lo que quiera, sino que debe seguir lo que ya está establecido.
- Art. 6La Secretaría, que es la dependencia del gobierno encargada de este tema, tiene la tarea de invitar a empresas privadas, organizaciones sociales y otros grupos a que ayuden a las micro, pequeñas y medianas empresas. Todo esto es para que estas MIPYMES puedan inscribirse o aprovechar más fácilmente los apoyos y beneficios que ofrece esta ley.
- Art. 7La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) va a crear y promover herramientas, como garantías o esquemas, para que las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) puedan conseguir préstamos o financiamiento más fácil. Todo esto se hará dando las mismas oportunidades tanto a mujeres como a hombres, sin favoritismos. En pocas palabras, el gobierno busca que los negocios chicos tengan más opciones para pedir dinero prestado, y que tanto mujeres como hombres puedan acceder a ellas por igual.
- Art. 8Los planes de ayuda o programas que menciona la ley anterior se pueden acordar con diferentes grupos o autoridades. Por ejemplo, pueden negociarse con organizaciones de empresarios, con los gobiernos de los estados, de los municipios o de las alcaldías de la Ciudad de México. También pueden pactarse con bancos u otras instituciones de finanzas.
- Art. 9Este artículo dice que los planes del gobierno para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (como las que tú conoces en tu colonia) deben incluir lo siguiente: primero, definir cuáles son los negocios o industrias más importantes para la economía del país. Después, establecer las estrategias principales para que esos negocios crezcan y se desarrollen. También tienen que explicar cómo van a poner en práctica esas estrategias, con qué pasos y recursos. Además, deben incluir una manera de revisar si los apoyos que da la ley están funcionando bien. Por último, todos estos planes deben considerar la igualdad entre hombres y mujeres (la perspectiva de género).
- Art. 10El artículo 10 dice que, al hacer planes y acciones para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), se deben seguir estas reglas: incluir a los estados, municipios y la Ciudad de México en las decisiones; juntar dinero del gobierno federal, estatal y municipal para apoyar a estos negocios; y enfocarse en lo que necesita cada región, estado o municipio, tratando igual a hombres y mujeres. También pide tener metas a corto, mediano y largo plazo; simplificar trámites; impulsar tecnología e innovación; y fijarse en lo que hacen otros países para mejorar el apoyo. Además, establece que el gobierno federal debe comprar al menos el 35% de sus bienes y servicios a MIPYMES, poco a poco, y apoyar a negocios de comunidades indígenas y afromexicanas. Para que todo funcione mejor, los acuerdos se firman con el gobierno estatal, pero si no hay un consejo estatal, se pueden firmar directo con municipios o sectores.
- Art. 11Este artículo dice que, para llevar a cabo las políticas del artículo anterior, se deben seguir varios programas de apoyo. Entre ellos están: capacitación y asesoría para pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), ayuda para crear nuevas empresas y formar emprendedores, apoyo a cadenas productivas y grupos de empresas locales, fomento de la tecnología y la innovación en estos negocios, desarrollo de proveedores y distribuidores, y facilitar que puedan exportar. También se debe dar información económica útil para las MIPYMES y promover un desarrollo que cuide el medio ambiente. Además, la Secretaría debe crear formas de que estas empresas accedan a créditos tanto del gobierno como de bancos, asegurando que tanto hombres como mujeres tengan las mismas oportunidades, con un enfoque especial en que las mujeres puedan obtener ese financiamiento.
- Art. 12El gobierno tiene una secretaría (una dependencia oficial) que se encarga de apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Esta secretaría debe asegurarse de que los programas de apoyo lleguen realmente a esos negocios y crear un ambiente favorable para que nazcan y crezcan con calidad. También trabaja con los gobiernos de los estados, municipios y la Ciudad de México para coordinar acciones y medir si están funcionando. Además, cada año revisa cómo le va a México en competitividad frente a otros países y propone mejoras a los programas a corto, mediano y largo plazo. Por último, debe diseñar un sistema para dar seguimiento a los resultados y asegurarse de que toda la información necesaria se comparta entre las dependencias del gobierno federal.
- Art. 13La Secretaría va a trabajar con los gobiernos de los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México firmando acuerdos para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Para lograrlo, debe crear un ambiente que ayude a que estos negocios nazcan, crezcan y mejoren su calidad, tomando en cuenta lo que necesita y sabe hacer cada región del país. También tiene que ponerse de acuerdo con otras dependencias del gobierno federal y local para promover juntos programas que hagan más competitivas a las MIPYMES. Además, debe desarrollar un sistema de información para planear mejor cómo apoyar a los diferentes sectores productivos, diseñar planes para que los negocios locales puedan venderle al gobierno y a otras empresas, y crear políticas especiales para las MIPYMES que están en zonas turísticas para que sean más productivas.
- Art. 14La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) se va a poner de acuerdo con otras áreas del gobierno y con empresas privadas para cumplir con los objetivos de esta ley. Va a firmar convenios o acuerdos para lograr cosas como: capacitar a dueños de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) para que sean más competitivos, con un enfoque en igualdad de género; apoyar a emprendedores a crear sus negocios y a innovar; certificar a expertos que den capacitación y asesoría; y hacer investigación para resolver los problemas específicos de estas empresas. También buscará juntar a las empresas en cadenas productivas, modernizar su tecnología, atraer inversiones, darles información para encontrar oportunidades de negocio y ayudarlas a exportar sus productos.
- Art. 15El Sistema es un conjunto de reglas y acciones creadas para que se cumplan los objetivos de esta Ley. Básicamente, es la forma en que el gobierno y las autoridades van a trabajar juntos para lograr lo que la Ley busca. Piensa en él como el mecanismo o la herramienta principal que asegura que lo que dice la Ley se vuelva realidad.
- Art. 16El Artículo 16 dice que el Sistema Nacional de Apoyo a las MIPYMES funciona como un equipo. En ese equipo, el gobierno y los sectores que se sumen a la ley (como empresas u organizaciones) deben hacer acciones juntos para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas. Antes de actuar, toman en cuenta lo que opina el Consejo Nacional (un grupo asesor). Todo esto lo organiza la Secretaría de Economía, que es la encargada de coordinar según lo que le toca hacer.
- Art. 17El Consejo es el grupo encargado de echar a andar y vigilar los planes, programas y acciones para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Su chamba es revisar cómo van esos apoyos y asegurarse de que se estén aplicando bien.
- Art. 18Este artículo dice quiénes forman parte del Consejo encargado de ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). Lo preside el Secretario de Economía, y también lo integran otros secretarios como los de Hacienda, Educación, Trabajo, Agricultura, Energía, Comunicaciones, Turismo y Medio Ambiente. Además, entran directores de bancos de desarrollo como Nacional Financiera y Bancomext, el jefe del Consejo de Ciencia y Tecnología, y líderes de cámaras empresariales. También participan representantes de los gobiernos estatales, tres personas elegidas por la Secretaría de Economía, y voces de los trabajadores. El Consejo puede invitar a otros expertos a las reuniones, pero sin derecho a voto, y cada miembro debe tener un suplente.
- Art. 19El Consejo tendrá un secretario técnico, que será elegido por el jefe o la jefa de la Secretaría. Esta persona debe tener, como mínimo, el rango de jefe de Unidad. El secretario técnico se encargará de darle seguimiento a los acuerdos que salgan de esa reunión; cada seis meses le informará al Congreso de la Unión cómo van los Programas y qué resultados se han logrado, y también trabajará de la mano con los Consejos Estatales en lo que sea necesario.
- Art. 20El Consejo tiene juntas normales cada tres meses, siguiendo un calendario que se aprueba en la primera junta del año, pero también puede tener juntas adicionales si se necesitan. Para que una junta sea válida, debe estar presente al menos la mitad más uno de los miembros, incluyendo al presidente o a quien lo supla, y la mayoría de los asistentes deben ser personas del gobierno federal. Las decisiones se toman por mayoría de votos de los que están presentes, y si hay empate, el presidente tiene el voto decisivo. Para las juntas normales, el presidente avisa con al menos cinco días hábiles de anticipación, y para las extraordinarias, con tres días hábiles.
- Art. 21El Consejo tiene su casa oficial en la Ciudad de México, y siempre va a juntarse para sus reuniones en las oficinas de la Secretaría. Pero si el propio Consejo decide otra cosa, puede cambiar el lugar donde se reúnen.
- Art. 22El Consejo se encarga de estudiar y proponer apoyos para que las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) sean más competitivas, tomando en cuenta ideas del gobierno y de los empresarios. También busca que estas empresas reciban asesoría y capacitación en temas como ventas, tecnología, producción, diseño de productos, financiamiento y certificaciones. Además, fomenta la creación de incubadoras de empresas (lugares que ayudan a nuevos negocios a arrancar) y apoya la creatividad de los emprendedores. Promueve que haya especialistas certificados que den consultoría a las MIPYMES, facilita que éstas trabajen juntas o con grandes empresas, y las ayuda a exportar sus productos. Por último, impulsa que consigan financiamiento más fácil y crea premios nacionales para reconocer a las MIPYMES más competitivas.
- Art. 23En cada estado de la República mexicana se puede formar un Consejo Estatal para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Este consejo va a estudiar y proponer ideas para que estos negocios sean más competitivos a nivel local, estatal, municipal y en la Ciudad de México. Para hacerlo, analizará las propuestas que lleguen tanto del gobierno como de los empresarios y otros sectores. Además, este consejo estatal tiene que seguir las reglas que marque el Consejo Nacional.
- Art. 24El Consejo Estatal es un grupo de personas que se reúnen para tomar decisiones. Lo preside el secretario de desarrollo económico de tu estado (o alguien con un puesto similar), y él o ella debe contarles periódicamente cómo van los avances del proyecto. Para que una reunión sea oficial, necesita estar presente más de la mitad de los miembros y además el secretario técnico (o quien lo supla). El Consejo debe juntarse cada tres meses en reuniones planeadas desde el inicio del año, pero también pueden tener juntas extras si se necesitan. Cada miembro titular debe tener un suplente, y si es del gobierno del estado, ese suplente debe tener un puesto justo debajo del titular.
- Art. 25El Consejo Estatal no debe tener más integrantes de los que ya están establecidos para el Consejo general. Todos los sectores deben tener representantes, así como la Secretaría y otras dependencias federales que tengan programas para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). El Consejo Estatal también puede invitar a participar en las juntas a dependencias, municipios o especialistas, pero solo para dar su opinión, sin derecho a votar.
- Art. 26El Consejo Estatal sirve para tres cosas principales: evaluar y proponer cómo ayudar a las cadenas productivas (grupos de empresas que trabajan juntas) y a las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas) para que sean más competitivas. También se encarga de promover que se cumplan los objetivos de esta ley, y de discutir las ideas que propongan los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México y otros sectores para mejorar el desarrollo. Además, esta ley ya está en vigor desde su publicación en el Diario Oficial, y cualquier regla anterior que la contradiga queda cancelada. Se creará un Consejo en un plazo de 90 días, y su reglamento completo debe estar listo en 180 días. Finalmente, las compras del gobierno deben darle un 10% a las MIPYMES en los primeros dos años, y subir hasta un 35% en los siguientes cuatro años.