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Artículo 103 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno federal y la Comisión Intersecretarial (un grupo de varias secretarías) pueden crear reglas o acuerdos para organizar cómo van a participar y cómo se harán convenios con los estados de la República Mexicana. Esas reglas y acuerdos deben seguir lo que dice la ley. Básicamente, este artículo define quién y cómo se pone de acuerdo para vender o distribuir ciertos productos entre el gobierno y los estados.

Texto oficial

Artículo 103.- Las disposiciones reglamentarias que expida el Ejecutivo Federal y las de orden administrativo que acuerde la Comisión Intersecretarial, así como los convenios que se celebren al respecto, determinarán los mecanismos institucionales de su participación y los convenios que deban celebrarse con las Entidades Federativas del país, en los términos de la legislación aplicable. CAPÍTULO X De la Comercialización

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.