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Artículo 114 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno de México va a buscar acuerdos con otros países para que los productos del campo mexicano, como frutas, verduras o carnes, sean aceptados sin tantos trámites. Esto funciona si el otro país también le da el mismo trato a los productos mexicanos (eso es la reciprocidad). La idea es firmar convenios donde ambos lados reconozcan las revisiones de calidad y sanidad que ya se hicieron en el país de origen, para evitar repetir pruebas. Así, si un producto ya pasó los controles sanitarios aquí, no tendrá que volver a hacerlos al llegar a otro país con el que tengamos este acuerdo. Esto aplica solo a productos del campo que deben cumplir con reglas de sanidad e inocuidad (que no hagan daño a la salud).

Texto oficial

Artículo 114.- Con base en lo previsto en los convenios internacionales y en términos de reciprocidad al tratamiento de las exportaciones de productos nacionales, el Gobierno Federal promoverá la suscripción de convenios de reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad de productos agropecuarios sujetos a normalización sanitaria e inocuidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.