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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
88

Artículo 88 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno puede dar apoyos económicos a los ganaderos para que sean más productivos. La idea es que esos apoyos te ayuden a invertir en cosas como mejorar los pastizales donde come tu ganado, construir o arreglar corrales y bebederos, o comprar equipo para ordeñar. También puedes usar el dinero para mejorar la raza de tus animales, mantenerlos sanos, o contratar a un técnico que te asesore. En resumen, el apoyo es para todo lo que necesites para echar a andar o mejorar tu rancho ganadero.

Texto oficial

Artículo 88.- Para impulsar la productividad de la ganadería, los apoyos a los que se refiere este Capítulo complementarán la capacidad económica de los productores para realizar inversiones que permitan incrementar la disponibilidad de alimento para el ganado, mediante la rehabilitación y el establecimiento de pastizales y praderas, conservación de forrajes; la construcción, rehabilitación y modernización de infraestructura pecuaria; el mejoramiento genético del ganado; la conservación y elevación de la salud animal; la reparación y adquisición de equipos pecuarios; el equipamiento para la producción lechera; la tecnificación de sistemas de reproducción; la contratación de servicios y asistencia técnica; la tecnificación de las unidades productivas mediante la construcción de infraestructura para el manejo del ganado y del agua; y las demás que resulten necesarias para fomentar el desarrollo pecuario.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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