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Artículo 64 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión, junto con los productores y todos los que participan en el proceso del café (como los que lo cosechan, procesan o venden), va a promover formas de trabajar que sean responsables y cuiden el medio ambiente. Esto aplica para mercados de café especial, como el orgánico (que se cultiva sin químicos), el de comercio justo (donde pagan un precio justo al productor) y el café de sombra (que se cultiva bajo árboles para proteger a los animales y plantas). En pocas palabras, buscan que se produzca café de manera más ecológica y ética.

Texto oficial

Artículo 64. La Comisión, junto con todas las organizaciones productivas y demás integrantes de la cadena productiva, impulsará buenas prácticas en el desarrollo de los mercados especializados de café orgánico, de comercio justo y de café bajo sombra o café amigable con la biodiversidad, entre otros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.