Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 106 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Comité Nacional, a través de su Secretaría, va a sugerirle a la Comisión Intersecretarial (un grupo de varias dependencias del gobierno) las reglas y leyes, tanto del gobierno como de empresas privadas, para que se pueda usar la caña de azúcar en más cosas además del azúcar común. Todo esto es para que se hagan los cambios necesarios en la ley y los reglamentos correspondientes.

Texto oficial

Artículo 106.- El Comité Nacional, por conducto de la Secretaría, propondrá a la Comisión Intersecretarial las políticas, el marco legal y administrativo tanto público como privado, que permita el aprovechamiento diversificado de la caña de azúcar, a efecto de que procedan las adecuaciones de Ley y reglamentación respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.