- Ley
- LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
- Artículo
- 118
Artículo 118 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que una "controversia azucarera" es un pleito o desacuerdo que surge cuando alguien no cumple con lo que dice esta ley, el contrato de la caña de azúcar o las reglas que de ahí se deriven. Esas diferencias pueden darse entre los que venden la caña y los industriales que la procesan, solo entre los vendedores, solo entre los industriales, o entre cualquiera de ellos y los comités que manejan el tema. Si hace falta resolver el conflicto, se usan otras leyes como el Código de Comercio o el Código Civil Federal para llenar los huecos que esta ley no cubra.
Texto oficial
Artículo 118.- Son controversias azucareras las que, con motivo del incumplimiento en la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Contrato y disposiciones derivadas, se susciten entre: LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 33 de 45 a) Abastecedores de Caña de azúcar e Industriales; b) Abastecedores de Caña de azúcar; c) Industriales, y d) Cualquiera de los sujetos anteriores y los Comités. Serán aplicables de manera supletoria, el Código de Comercio, el Código Civil Federal, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Párrafo reformado DOF 14-11-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.