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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LDSCA/130
Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo
130

Artículo 130 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta Permanente opera desde la Ciudad de México, ahí está su oficina principal. Eso es todo, su dirección oficial es en la capital del país. No aplica para otras ciudades o estados.

Texto oficial

Artículo 130.- La Junta Permanente tendrá su domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal. CAPITULO V Del Pleno de la Junta Permanente

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (pág. 35) ↗

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