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Artículo 16 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para ser Director General, necesitas cumplir con estos cuatro requisitos: ser mexicano de nacimiento, tener entre 30 y 70 años, contar con un título universitario—preferiblemente relacionado con el área donde vas a trabajar—y saber de administración pública. Además, en el momento en que te nombren, no puedes ser sacerdote o pastor, militar en servicio activo, líder de un partido político, dirigente de un sindicato o jefe de una cámara de empresarios. Es decir, no debes tener un cargo que pueda generar conflicto de intereses con tu labor como Director General.

Texto oficial

Artículo 16.- Para ser Director General se requiere: I. Ser mexicano por nacimiento; II. Ser mayor de treinta y menor de setenta años; III. Poseer grado académico, preferentemente vinculado a las tareas del sector, y tener conocimientos en materia de administración pública, y IV. No ser ministro de culto religioso, militar activo, dirigente de partido político, representante sindical o directivo de organismos empresariales al momento de su designación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.