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Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo
29

Artículo 29 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los puestos dentro del Comité son honoríficos, eso significa que nadie recibe un sueldo ni pago por trabajar ahí. La gente ocupa esos cargos de manera voluntaria, sin recibir dinero a cambio. Es como cuando alguien es tesorero de una sociedad de padres de familia en la escuela: lo hace por ayudar, no por sueldo. Así que todo el que esté en el Comité trabaja sin cobrar nada.

Texto oficial

Artículo 29.- Todos los cargos en el Comité serán honoríficos. TITULO TERCERO DE LAS ORGANIZACIONES DE ABASTECEDORES DE CAÑA DE AZÚCAR CAPITULO I Constitución y Objeto de las Organizaciones de Abastecedores

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (pág. 15) ↗

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