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Artículo 47 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada año, el ingenio actualiza la lista de quiénes le venden caña de azúcar. Si ya empezó la temporada de cosecha (el Ciclo Azucarero) y nadie avisó cambios, se queda la misma lista del año pasado.

Texto oficial

Artículo 47.- Los padrones de Abastecedores de Caña de azúcar por Ingenio se actualizarán anualmente; de no presentarse modificación alguna una vez iniciado el Ciclo Azucarero, prevalecerá el padrón del Ciclo anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.