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Artículo 65 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para que te paguen por la calidad de tu caña de azúcar, el comité local debe proponer al Comité Nacional un plan con la fecha y cómo van a medir esa calidad. Esto incluye usar una sonda mecánica u otra tecnología que sea justa y precisa para saber cuánto vale tu caña. El Comité Nacional tiene que dar una respuesta en un tiempo que no sea exagerado.

Texto oficial

Artículo 65.- Para el pago individual por calidad de la caña de azúcar descrito en el Artículo 62 de esta Ley, el Comité que corresponda presentará para su aprobación al Comité Nacional, el programa, la fecha y la viabilidad financiera y tecnológica de la sonda mecánica o la tecnología que decidan adoptar, siempre y cuando la misma garantice, en términos de equidad y medición, la calidad de la caña y el procedimiento como deberá pagarse. El Comité Nacional dará respuesta en un plazo razonable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.