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Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo
73

Artículo 73 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo debe llegar la caña de azúcar al ingenio (la fábrica donde se procesa). La caña tiene que cumplir con estas condiciones: - **Programa de corte:** Solo se acepta caña que se haya cortado siguiendo un plan basado en qué tan madura está. - **Frescura:** La caña cruda debe tener máximo 72 horas desde que se cortó; si se quemó, máximo 48 horas desde la quema. - **Despuntada:** Hay que quitarle la punta a partir de la sección 8–10 (la parte más nueva). Si la caña sufrió heladas, se corta justo donde termina lo dañado. - **Casos especiales:** Si la caña está afectada por sequía, inundación, ciclones o plagas, un comité hace un estudio para decidir qué hacer. - **Limpia:** La caña debe estar libre de basura, basura, materias extrañas o impurezas (solo los tallos).

Texto oficial

Artículo 73.- Al momento de su recepción en el batey del Ingenio, la caña de azúcar deberá tener la condición y las características siguientes: I. Estar comprendida dentro de los programas de corte oportunamente establecidos, de acuerdo a su índice de madurez; II. Ser fresca, en el momento de su entrega, entendiéndose por ello no más de 72 horas después de su corte en el caso de caña cruda y no mas de 48 horas después de su quema; III. Deberá estar despuntada inmediatamente arriba de la sección 8-10 que es la parte de madurez mas reciente. En el caso de cañas afectadas por heladas, el despunte se hará en el límite entre la parte sana y la parte dañada, de acuerdo con el grado de daño sufrido; IV. En caso de cañas afectadas por sequía, inundación, ciclones y plagas, merecerán consideración especial, debiéndose llevar a cabo una investigación técnica por parte del Comité respectivo, a fin de conocer el grado de deterioro de esa caña, para dictar la resolución que sea conducente, y V. Estar constituida por los tallos de caña limpios de basura, materias extrañas o impurezas.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (pág. 24) ↗

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